Category Archive: Me van a desahuciar

  1. ¿Cómo puedo buscar en Internet un caso judicial de desalojo?

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    1. Ir a fjdclaims.phila.gov
      • Haga clic en ¨Login As Public User¨ o en español «Iniciar sesión como usuario público»
      • Introduzca el texto de la imagen y ponga «I Accept» o en español ¨Acepto¨
    2. Haga clic en ¨Search¨ o en español «Buscar».
      • Para Tipo, seleccione «Defendant» o en español «Acusado» para Case Type o Tipo de caso
      • Seleccione ¨LT Landlord/Tenant» o en español «LT Propietario/arrendatario».
      • Dentro de la entrada de búsqueda, escriba «Su nombre». A continuación, haga clic en «Go» o «Ir»
    3. Haga clic en el número de caso que incluya el nombre del propietario y su nombre.
      NOTA: Si no encuentra su caso, pruebe con otros deletreos de su nombre.
    4. Introduzca el texto de la imagen y haga clic en ¨»Continue» o «Continuar».
    5. The court docket for each LT case shows the Plaintiff (Landlord) and the Defendant (Tenant).
      Scroll down to find the most important Docket Entries including:
      • Denuncia del propietario contra el inquilino (normalmente la entrada nº 1)
      • Pruebas como la licencia de alquiler o el contrato de arrendamiento
      • Cualquier aplazamiento o sentencia (normalmente la entrada nº 10 o inferior)

    Para comprender mejor cualquier caso de desalojo, obtenga asesoramiento legal.

  2. Soy superviviente de la violencia domésitca. ¿Cuáles derechos tengo en materia de vivienda?

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    ¿Pueden desalojarme por violencia doméstica o violencia sexual?

    No. La Ordenanza de Prácticas Desleales en el Alquiler de Filadelfia prohíbe al propietario desalojarle, subirle la renta o negarse a hacer reparaciones por ser víctima de violencia doméstica o agresión sexual. Sin embargo, aún pueden desalojar por no pagar la renta.

    ¿Qué debo hacer si me van a desalojar?

    Envía al propietario una carta explicándole que es víctima de violencia doméstica o sexual y que la ley de Filadelfia prohíbe que le desalojan por violencia doméstica o sexual. Si el propietario no le hace caso, puede presentar una queja ante la Comisión de Vivienda Justa de Filadelfia u obtener ayuda legal.

    ¿Puedo romper el contrato para huir de la violencia?

    Sí. En un plazo de 90 días a partir de la notificación de un incidente (como una visita al hospital, una llamada al 911, la presentación de una orden de protección, etc.), envíe al propietario:

    • Una carta indicando que se mudará en 30 días.(descargar ejemplo)
    • Incluya con su carta al menos un medio de prueba, como un informe policial, una orden de protección contra malos tratos o una carta de un profesional sanitario, un orientador o una organización de servicios a las víctimas.

    ¿Se puede desalojar sólo al agresor?

    Sí, según la ley de Filadelfia, puedes pedir al propietario que divida el contrato y desaloje a su agresor, permitiéndole quedar. Pasarías a ser responsable del pago de la totalidad de la renta. El propietario no tiene por qué estar de acuerdo.

    ¿Pueden desalojarme por llamar a la policía?

    No, el propietario no puede desalojarle ni sancionarle por llamar a la policía para protegerse a sí mismo o a un familiar.

    ¿Y si vivo en una vivienda subvencionada?

    Si vive en una vivienda de la Sección 8 de Vales, del HUD o pública, está protegido por la Ordenanza de Prácticas Desleales en el Alquiler de Filadelfia y la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA). No se le puede denegar la admisión ni desalojar por violencia doméstica, agresión sexual, violencia en el noviazgo o acoso. Tampoco puedes perder el vale si rompes el contrato para huir de la violencia. Es posible que se le pida que rellene una autocertificación de violencia doméstica.

    También puede tener derecho a una transferencia de emergencia si usted o un miembro de su hogar sufre violencia doméstica, agresión sexual, violencia en el noviazgo o acoso.

  3. El propietario me desalojó. ¿Cómo puedo recuperar mis cosas?

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    1. Revise el contrato de alquiler. Revise si dice cuánto tiempo debe guardar sus cosas el propietario después de un cierre.

    2. Pide al propietario que guarde sus cosas durante 30 días a partir de la fecha del cierre. Lo mejor es hacer la solicitud por SMS, correo electrónico o carta dentro de los 10 días siguientes al cierre.

    3. Programe una fecha para recuperar sus cosas en un plazo de 30 días a partir de la fecha del cierre.

    • El propietario puede:
      • Dar un solo día para quitar sus cosas.
      • Mover sus cosas a otro lugar.
      • Cobrarle el coste de un almacén.
    • Puede que el propietario no:
      • Se niegan a dejarle recuperar sus cosas.
      • Cobrarle una tasa o un alquiler atrasado para recuperar sus cosas.

    4. Lleve al propietario a la corte. Considera la posibilidad de demandar al propietario ante el Juzgado de Reclamaciones de Menor Cuantía si le faltan pertenencias o sufren daños.

  4. El propiedad donde aquilo sufre una ejecución hipotecaria o una venta del sheriff. ¿Cuáles son mis derechos?

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    ¿Cómo funciona la ejecución hipotecaria?

    Si el propietario no paga la hipoteca o los impuestos, el banco o el ayuntamiento pueden intentar vender la propiedad mediante una venta del sheriff. Este es el proceso:

    • El banco o el ayuntamiento enviarán una notificación dando al propietario la oportunidad de pagar.
    • El Banco o la Ciudad pueden presentar una demanda ante la Corte de Súplicas Comunes.
    • El Banco o la Ciudad pueden obtener una Sentencia que permita la venta de la propiedad.
    • La propiedad puede ser vendida en una venta de Sheriff

    ¿Qué ocurre con mi contrato de arrendamiento después de una venta del sheriff?

    Los inquilinos tienen algunos derechos después de una venta del sheriff. Para demostrar que es inquilino, no olvide guardar el contrato y los recibos de pagar la renta.

    • Para ejecuciones hipotecarias
      • Todos los inquilinos tienen derecho a un preaviso de 90 días sobre su intención de desalojo.
      • La mayoría de los inquilinos tienen derecho a quedarse hasta el final del plazo escrito del contrato.
      • La mayoría de los inquilinos de Vales de Elección de Vivienda de la Sección 8 pueden mantener su contrato de arrendamiento.
    • Por ejecución fiscal
      • Los inquilinos pueden tener derecho a permanecer hasta 9 meses.

    ¿Qué pasará conmigo?

    El banco o el nuevo propietario pueden intentar obligarle a mudarse presentando una Demanda de Expulsión. Revise nuestro artículo sobre Demanda de expulsión para saber más sobre este proceso judicial y cómo puede defenderse.

  5. ¿Cómo puedo obtener más información sobre mi vivienda de alquiler?

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    ¿Quién es el propietario?

    • Visite property.phila.gov y escriba su dirección para obtener información sobre la propiedad.
    • Es posible que la información facilitada no incluya las transferencias de propiedad recientes.

    ¿Tiene el propietario una licencia de alquiler o infracciones del código de mantenimiento?

    • Visite li.phila.gov/property-history y escriba su dirección para obtener información sobre licencias e infracciones.
    • Las licencias de alquiler aparecerán en «Licencias comerciales» como «3202 Alquiler». Haga clic en cada número de licencia para ver si está vigente.
    • Las infracciones del código aparecerán en «Infracciones» o en inglés ¨Violations¨. Haga clic en cada número de caso para ver las infracciones y si están marcadas como cumplidas.
    • La información facilitada puede no incluir licencias o infracciones recientes.

    ¿Existen otros recursos?

    • Visite atlas.phila.gov para obtener información adicional sobre su propiedad de alquiler, incluidos los cambios de zonificación y las transferencias de título de a la vivienda.
    • Vaya a la Oficina del Sheriff de Filadelfia para ver si su propiedad está programada para una Venta del Sheriff.
    • Vaya al sumario de la Corte Municipal de Filadelfia para buscar denuncias presentadas por el propietario de su inmueble o denuncias presentadas contra el propietario de su inmueble.
  6. ¿Cómo quito una sentencia de mi crédito?

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    ¿Por qué debo pagar una sentencia?

    1. Mejorar su historial de inquilinos.
    2. Evitar que le quiten dinero de su sueldo o de su cuenta bancaria.
    3. Evitar la expulsión del Programa de Vales de Elección de Vivienda de la Sección 8.

    ¿Cómo pago una sentencia?

    1. Determinar la cantidad exacto adeudado. A veces debes más que la sentencia porque el propietario pagó los honorarios de la orden judicial para desalojarle, normalmente 130 dólares. A veces debes menos que la sentencia porque hizo pagos, el propietario le descontó el depósito de seguridad o el propietario aceptó un pago reducido.
    2. Inscríbese en un plan de pagos. Si no puede pagar la totalidad, póngase en contacto con el propietario para acordar por escrito un plan de pagos. El plan debe indicar cuánto debe, cuánto pagará y con qué frecuencia.
    3. Envía dinero. Envíe giros postales al propietario a la dirección que figura en los documentos judiciales. Guarde los recibos de los giros postales.

    ¿Qué hago después de pagar una sentencia?

    • Ponle en contacto con el abogado del propietario. Muestre pruebas de que ha pagado la sentencia y pida al abogado que marque la sentencia como cumplida.
    • Póngase en contacto con el propietario. Pida al arrendador que firme una Orden de Cumplimiento de Sentencia(descargue el modelo). A continuación, preséntelo en la Corte Municipal, en el 1339 de la calle Chestnut, 10ª planta.
    • Presente una Petición de Cumplimiento si el arrendador no firma una Orden de Cumplimiento de Sentencia.
      • Vaya a la Corte Municipal en 1339 Chestnut Street, 10º piso.
      • Solicite la presentación de una Petición de Satisfacción. Necesitará pruebas de todos los pagos que haya efectuado después de la fecha de la sentencia.
      • Solicite presentar una petición para proceder in forma pauperis (IFP). Si le conceden el IFP, no tendrá que pagar tasas de tramitación.

    La sentencia sigue apareciendo en mi reporte de crédito. ¿Cómo me lo quito?

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