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¿Cuándo me pueden desalojar?

El propietario debe dar varios pasos para programar el desalojo. No es un proceso automático y no recibirá un aviso automático de fecha de cierre por parte de la corte. Debe llamar a la corte y enviar un correo electrónico al responsable de desalojoes (en inglés ¨Landlord Tenant Officer¨) para informarse con antelación.

¿En cuánto tiempo puede el propietario desalojarme después de corte?

Tras una sentencia judicial, tiene al menos 21 días antes de que puedan desalojar. El propietario debe:

  1. Presentar la Orden de Posesión 10 días después de la sentencia.
  2. Presentar la Escritura Alias 11 días después de la Escritura de Posesión
  3. Programa un cierre en cualquier momento después de presentar la Escritura Alias. Suele tardar entre 7 y 10 días más.

¿Cómo puedo saber la fecha del cierre?

  1. Llame la Corte Municipal al (215) 686-7950 para ver si el propietario presentó la Orden Judicial de Posesión.
  2. Una vez que el propietario haya presentado la Escritura Alias, llame al (215) 563-2133 o envíe un correo electrónico a ltofficer.evictions@gmail.com para averiguar si la fecha de cierre está programada.

Me quedé fuera. ¿Qué hago ahora?

  1. Programe una hora para recuperar sus pertenencias dejadas en la propiedad.
  2. Solicita al propietario que le devuelve el depósito de seguridad.

Resources

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