Category Archive: Me van a desahuciar

  1. ¿Cómo puedo solicitar una audiencia virtual o cualquier otro cambio necessario debido a mi discapacidad?

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    Me preocupa la pandemia de COVID-19. ¿Puedo tener una audiencia virtual?

    A partir de enero de 2022, si tiene programada una audiencia en la Corte Municipal, puede ponerse en contacto con la corte para que la audiencia se celebre a distancia (a través de Zoom o por teléfono) en lugar de acudir la corte en persona. Siga las instrucciones de este folleto. La Corte Municipal sigue abierto y debe asistir a su audiencia en persona si no ha solicitado y se le ha aprobado una audiencia a distancia con antelación. No es necesario que indique el motivo por el que desea una audiencia a distancia.

    Tengo una discapacidad. ¿Puedo tener una audiencia virtual?

    Si usted tiene una discapacidad – temporal o permanente – y su discapacidad le impide asistir en persona a una audiencia legal, puede solicitar una audiencia virtual como adaptación razonable a su discapacidad. Debe presentar su solicitud al menos 5 días hábiles antes de la audiencia.

    Estos son los pasos:

    1. Rellene el formulario de solicitud de adaptaciones razonables de la corte.
      • Donde dice Naturaleza de la discapacidad para la que se solicita una adaptación, describa brevemente su discapacidad. Una discapacidad es cualquier afección física o mental que limite sustancialmente su capacidad para ver, oír, andar, respirar, realizar tareas manuales, cuidar de sí mismo, aprender, hablar u otra actividad importante de la vida. También es importante solicitar intérprete si inglés no es su lengua materna.
      • En el apartado «Adaptación solicitada«, indique que solicita una audiencia Zoom debido a su discapacidad.
    2. Adjunte el formulario de solicitud de adaptaciones razonables a un correo electrónico y escriba en el mensaje el número de su caso, la sala, la fecha y hora de la vista y el motivo de su solicitud.
    3. Envíe el correo electrónico a estos tres miembros del personal del tribunal:
    4. Si tiene preguntas, puede llamar al tribunal al 215-686-2910.

    Tengo una discapacidad. ¿Puedo obtener una adaptación para mi audiencia en persona?

    Si va a asistir a su audiencia en persona, pero necesita que la corte se adapte a su discapacidad de alguna manera, debe presentar una solicitud al menos 3 días hábiles antes de su audiencia ante el tribunal.

    1. Rellene el formulario de solicitud de adaptaciones razonables de la corte.
      • Donde dice Naturaleza de la discapacidad para la que se solicita una adaptación, describa brevemente su discapacidad. Una discapacidad es cualquier enfermedad física o mental que limite sustancialmente su capacidad para ver, oír, andar, respirar, realizar tareas manuales, cuidar de sí mismo, aprender, hablar u otra actividad importante de la vida.
      • Donde dice Acomodación solicitada, indique qué necesita que haga la corte debido a su discapacidad. Por ejemplo, puede solicitar un intérprete de lengua de signos.
    2. Envíe el formulario por correo electrónico a estos dos miembros del personal del tribunal:
    3. O envíe su formulario por fax al 215-686-2947, a la atención de Frank Figaniak y Karen Quick.
    4. O llame al 215-686-7986 y deje un mensaje de voz con su número de caso, su nombre completo y su información de contacto.
  2. Necesito abogado. ¿Qué es el derecho a representación legal?

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    Llame al 267-443-2500 para la línea directa para inquilinos de Filadelfia.

    Los inquilinos pueden hablar con un consejero de viviendas en directo en la Red de Representantes de Uniones de Inquilinos (por sus siglas en inglés TURN) para:

    • Información legal gratuita
    • Remisión para asesoramiento legal y representación legal

    Si no hay nadie disponible para atender a su llamada, haremos todo lo posible por devolverle la llamada en un plazo de 2-3 días laborables. Recibimos más llamadas de las que podemos responder en este momento, así que por favor revise PhillyTenant.org para obtener información legal, enlaces y modelos para su uso.

    También puede asistir a uno de los seminarios web gratuitos diarios de TURN seminarios web (los jueves as las 3:30pm en español)

  3. El proprietario de mi vivienda quiere que me vaya. ¿Cuál es el proceso legal de desalojo?

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    Antes del juicio

    Antes de presentar la demanda ante la corte, el propietario tiene que enviarle un Aviso de derechos de desvío y presentarse al Programa de desvío del desalojamiento de la ciudad. Si es usted inquilino y ha recibido un Aviso de derechos de desvío, llame inmediatamente a la línea directa para inquilinos del Programa de Desvío para ponerse en contacto con el programa: (215) 523-9501 Si es usted propietario, puede presentar su solicitud en el sitio web del programa de desvío del desalojamiento (Eviction Diversion Program).

    Paso 1: Aviso de desalojo

    Es posible que reciba un aviso de desahucio (también llamado aviso de finalización de contrato o aviso de desalojo) en el que se le indique cuándo quiere el casero que se vaya. No tiene que mudarse antes de esa fecha. Su casero debe llevarle ante un tribunal para desahuciarle.

    Paso 2: Demanda judicial

    Si no se muda, el propietario puede presentar una demanda de desahucio contra usted ante el Juzgado Municipal. La demanda debe indicar el motivo por el que el arrendador le desahucia y la fecha y hora de la vista. La denuncia debe enviársele por correo, adjuntarla a su puerta o entregársela en mano.

    Paso 3: Fecha de la audiencia

    Las audiencias de desahucio son en el Tribunal Municipal en 1339 Chestnut St, 6 º piso. Debe llegar a tiempo al tribunal o es probable que pierda. En la fecha fijada para la vista, tiene opciones legales y puede plantear defensas legales: solicitar un aplazamiento, celebrar una vista ante un juez o llegar a un acuerdo por escrito con el arrendador, a menudo denominado sentencia por acuerdo. Este tipo de acuerdos son vinculantes e inapelables.

    Paso 4: Recurso (si procede)

    Si pierde en la audiencia, dispondrá de 10 días naturales para presentar un recurso ante el Tribunal de Apelaciones (Court of Common Pleas, City Hall, Room 296). El recurso impide que se lleve a cabo un desahucio hasta que el tribunal se pronuncie sobre el caso, siempre que pague el alquiler en curso al tribunal.

    Paso 5. Desahucio

    Si pierde en los tribunales y no recurre, o si incumple el acuerdo, el propietario puede seguir adelante con el proceso de desahucio. En primer lugar, su casero debe obtener una serie de escritos, que puede completar en 21 días. Después, el agente de arrendamientos puede desahuciarte. Sin embargo, si le desahucian sólo por impago del alquiler, puede evitar el desahucio si paga al arrendador el importe íntegro de la sentencia más las costas judiciales antes de que se produzca el cierre.

  4. El propietario me desalojó. ¿Dónde puedo encontrar un refugio para personas sin hogar?

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    De lunes a viernes, de 7.00 a 17.00 horas

    Apple Tree Family Center 1430 Cherry St (cerca de Cherry y 15th) 215-686-7150, 7151 o 7153

    Centro Roosevelt Darby 802 N Broad St (cerca de Broad y Fairmount) 215-685-3700

    Después de las 17.00 horas y fines de semana

    Para mujeres solteras: House of Passage Kirkbride Center 111 N 48th St (cerca de 48th & Haverford) 267-713-7778

    Para las familias: The Red Shield 715 N Broad St (cerca de Broad y Fairmount) 215-787-2887

    Para hombres solteros: Station House 2601 N Broad St (cerca de Broad & Lehigh) 215-225-9230

    Servicios adicionales

    Oficina de Servicios para Personas Sin Hogar – Lista de Ayuda para la Renta llame al 215-686-7177.

    Línea directa para personas sin hogar: 215-232-1984

    Línea directa contra la violencia doméstica de Filadelfia: 866-723-3014

  5. Mi casero me lleva a corte. ¿Cuáles opciones tengo en la audiencia?

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    ¿Adónde voy?

    La Corte Municipal se encuentra en la calle Chestnut, 1339, en la 6ª planta.

    También puede solicitar una audiencia a distancia. Consultar nuestro folleto para obtener instrucciones sobre cómo solicitar una audiencia a distancia.

    ¿Qué debo llevar?

    Cualquier documento relacionado con el motivo por el que el propietario intenta desalojar. Ejemplo: contrato de alquiler, recibos de alquiler, facturas de servicios públicos, fotos, cartas o mensajes de texto dirigidos al propietario o procedentes de él.

    ¿Cuáles opciones tengo ante los tribunales?

    1. Solicitar una prolongación.

    • Puede conseguir que se aplace la vista si necesita un intérprete.
    • Puede pedir que se aplace la vista para conseguir un abogado, pero el propietario puede oponerse.

    2. Comparecer una audiencia ante el juez.

    • Tiene derecho a una audiencia ante un juez.
    • Puede presentar sus pruebas y defensas al juez.
    • Si pierde, debe apelar en un plazo de 10 días a partir de la sentencia si quiere impedir que el propietario le desahucie. Tendrá que pagar su alquiler al Tribunal de Apelación en la apelación.

    3. Firmar una Sentencia por Acuerdo.

    • No tiene que firmar una Sentencia por Acuerdo. Siempre puede pedir una prolongación o comparecer una audiencia ante el juez.
    • No firme un acuerdo a menos que esté de acuerdo y pueda cumplirlo.
    • Si firmas un acuerdo, es definitivo. No puede apelar.
    • Si incumples el acuerdo, el propietario puede desahuciarte.

    ¿Cómo consigo un abogado que me represente?

    Busque ayuda legal.

  6. Me desalojan ilegalmente. ¿Qué puedo hacer?

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    ¿Cuál es el proceso legal de desalojo?

    Para realizar un desalojamiento legal, el propietario debe:

    • Solicitar el Programa de desvío del desalojamiento.
    • Presentar una denuncia contra usted ante la Corte Municipal
    • Conseguir una sentencia de posesión en su contra en la Corte Municipal
    • Presentar la escritura de posesión y la escriturade posesión alias.
    • Programe una fecha de desalojamiento.
    • Un sheriff o un agente de la autoridad completará el cierre y le entregará un aviso azul de desalojo o lo fijará en la propiedad.

    Tras una sentencia judicial, tiene al menos 21 días antes de que puedan desalojarle legalmente.

    ¿Qué es un un desalojamiento ilegal?

    Es ilegal que el propietario le desaloja por:

    • cambiar las cerraduras sin un sheriff o un agente de arrendamientos
    • quitar puertas o ventanas de la casa
    • apagar los servicios públicos
    • retirar sus pertenencias
    • utilizar la fuerza
    • cualquier otro medio, excepto un sheriff o un agente de arrendamientos

    ¿Qué hago si me he quedado fuera de casa ilegalmente?

    • Confirmar que el desalojo era ilegal. Llame a la Corte Municipal al 215-686-7334 entre las 9AM y las 4:30PM para ver si el propietario siguió el proceso legal de desalojo. También puede saber si el propietario ha seguido el proceso legal de desalojo consultando el expediente de la Corte Municipal
    • Si el desalojo ha sido ilegal, llame a la policía desde la propiedad marcando el 911. Muestre al funcionario su contrato de arrendamiento, recibos de alquiler, facturas de servicios públicos o un documento de identidad con fotografía para demostrar su residencia. La policía debe responder de acuerdo con la Directiva Policial de Filadelfia 3.17.
    • Si el agente de policía no le ayuda, vuelva a llamar al 911 y pida que acuda un supervisor. Puede hacer referencia al nombre de la ley-Prohibición contra las prácticas de desalojo por autoayuda – Código de Filadelfia 9-1600.

    ¿Y si todavía necesito ayuda?

    ¿Cómo puedo demandar al propietario por un desalojo ilegal?

    • Envíe una carta de demanda. Consulte este folleto en inglés o español para ver un modelo de carta.
      • Necesitará el nombre y la dirección del propietario.
    • Vaya a la Corte Municipal en 1339 Chestnut St para presentar una demanda de menor cuantía.
      • Presentar un «IFP»para no pagar las costas judiciales.
      • Puede demandar por daños reales, daños punitivos de hasta 2.000 dólares, honorarios de abogado y costas judiciales.
      • Necesitará pruebas que demuestren su reclamación, como documentos o fotos.
      • Ten cuidado. El propietario puede intentar demandarle ante la corte.
  7. El propietario me lleva a corte. ¿Cuáles son mis defensas legales?

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    Defensas contra el impago

    El propietario intenta desalojarle porque debes renta, facturas de servicios públicos u otros gastos atrasados.

    • Recibos de renta: Lleva a la corte todos los recibos o justificantes de pago de todo el tiempo que hayas vivido en la vivienda.
    • Repairs: If you withheld rent or did repair & deduct because of repairs issues, you should bring:
      • Extractos bancarios o giros postales actuales que demuestren la renta que retuvo.
      • Fotos impresas y fechadas.
      • Infracciones documentadas del departamento de inspecciones de la Ciudad conocido por sus siglas en inglés ¨L&I¨.
      • Textos, correos electrónicos o cartas al propietario solicitando reparaciones.
      • Recibos de las reparaciones que haya realizado.
    • Licencia de inspección de vivienda: El propietario necesita una licencia para cobrarle la renta. Para obtener el historial de su licencia de arrendador, vaya a L&I en el Edificio de Servicios Municipales en 1401 JFK Blvd o busque información sobre su propiedad de alquiler en línea. Además, revise la ley de Licencia de Inspección de Viviendas.
    • Certificado de idoneidad para el alquiler: Si le ha mudado después de octubre de 2011, el propietario tiene que entregarle un Certificado de Idoneidad para el Alquiler y el folleto Philadelphia Partners for Good Housing para cobrarle la renta o desalojarle. Revise la ley del Certificado de Idoneidad para el Alquiler.
    • Certificado de ausencia de plomo o de condición de limpieza adecuada: Si le ha mudado después de diciembre de 2012, el propietario debe proporcionarle un certificado de ausencia de plomo o de condción de limpieza adecuada para cobrarle la renta. Revise más información sobre la pintura con plomo en Filadelfia y la Ley de Certificación de Plomo.
    • Infracción por envenenamiento con plomo: Si el Departamento de Salud cita a su propiedad por una violación de envenenamiento por plomo, el propietario no puede cobrar la renta o desalojarlo hasta que se remedie la causa del envenenamiento por plomo. Revise más información sobre la pintura con plomo en Filadelfia y la Ley de Envenenamiento por Plomo.
    • Exceso de depósito de seguridad: Después del primer año de alquiler, puede pedir un crédito de alquiler por cualquier depósito de seguridad pagado por encima de un mes de renta. Revise la Ley de Arrendadores e Inquilinos de 1951 (Landlord Tenant Act of 1951 Excess Security Deposit law).
    • Servicios públicos: Compruebe su contrato de arrendamiento y ver si la utilidad era su responsabilidad. Traiga las facturas o cartas de la empresa de servicios públicos que demuestren lo que ha pagado.
    • Honorarios de abogado: Usted no debe honorarios de abogado a menos que lo diga en su contrato de arrendamiento y usted se equivocó de alguna manera.
    • Daños y perjuicios: Usted es responsable de los daños que haya causado, no del desgaste ordinario de la casa.

    Defensas contra la rescisión del contrato

    El propietario quiere desalojarle porque se se ha acabado el contrato.

    • El plazo no ha terminado: Comprueba si el contrato de alquiler ha finalizado.
    • Certificado de idoneidad para el alquiler: Si le ha mudado después de octubre de 2011, el propietario tiene que entregarle un Certificado de Idoneidad para el Alquiler y el folleto Philadelphia Partners for Good Housing para cobrarle la renta o desalojarle.
    • Infracciones del código: El propietario no puede desalojarle si hay infracciones abiertas del código L&I o de intoxicación por plomo, y usted está al día en el pago de la renta o de la fianza de retener la renta. Revisar las prácticas desleales en materia de alquiler.
    • Protecciones de Causa Justa: Para contratos de menos de un año, como un contrato de mes a mes, el propietario debe darle treinta (30) días de aviso por escrito indicando una razón de Causa Justa para terminar su contrato.
    • Protecciones por causa justa en viviendas subvencionadas: Si vive en una Vivienda Pública, en una vivienda basada en un proyecto del HUD o en una vivienda de Crédito Fiscal para Viviendas de Bajos Ingresos (por sus siglas en inglés LIHTC), no puedes ser desalojado por finalización del plazo. Para más información, consulte Vivienda subvencionada.

    Defensas contra el incumplimiento del contrato de arrendamiento

    El propietario intenta desalojarle porque no has respetado las condiciones del contrato.

    • El propietario debe demostrar que ha incumplido el contrato mediante documentación o testigos.
    • Puede llevar documentación y testigos a la corte para demostrar que no ha incumplido el contrato de alquiler.
    • Si ha incumplido una condición de su contrato de alquiler debido a una discapacidad, es posible que puedas solicitar una adaptación razonable, como tiempo o servicios adicionales, para cumplir con su contrato de alquiler. Para más información, consulte la sección «¿Puedo obtener una Adaptación Razonable?
  8. El juez falló en mi contra. ¿Cómo apelar?

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    ¿Puedo apelar mi sentencia?

    • Sólo puede apelar una sentencia de la Corte Municipal l si acudió a la vista, tuvo un juicio ante un juez y éste falló en su contra.
    • Si usted fue a su audiencia en la Corte Municipal y firmó una Sentencia por Acuerdo, entonces usted tiene que seguir el acuerdo.
    • Si no ha acudido a su audiencia en la Corte Municipall, presente en su lugar una Petición de Apertura.

    ¿Cómo presento una apelación?

    1. Presente el expediente a tiempo.
      • Hay 10 días naturales para apelar una sentencia de posesión (desalojo).
      • Hay 30 días naturales para apelar una sentencia sólo monetaria.
    2. Presente la apelación.
    3. Si tiene bajos ingresos, solicite la presentación In Forma Pauperis (IFP ) para presentar su apelación de forma gratuita.
    4. Deposita la renta.
      • Si quiere detener un desalojo durante la apelación, debe pagar la renta cada mes a la corte. Si tiene bajos ingresos, puede pagar 1/3 de la renta en el momento de presentar la apelación y pagar los 2/3 restantes en un plazo de 20 días.
      • Si no tiene bajos ingresos, deberá pagar 3 meses de renta a la corte cuando presente la apelación o el importe de la sentencia de la Corte Municipal en concepto de alquiler.
      • Los pagos iniciales de la renta pueden realizarse en línea al presentar la apelación. Los pagos continuos de la renta deben efectuarse en la Sala 296 del Ayuntamiento.
    5. Entregue los documentos judiciales.
      • Debe notificar al propietario mediante notificación personal.
        • Servidor privado Pida a una persona mayor de 21 años que no sea un familiar que entregue los documentos judiciales sellados al propietario y luego rellene una declaración jurada de notificación. La corte puede darle la Declaración Jurada. Presente la declaración jurada cumplimentada en la sala 296 del ayuntamiento o en línea.
        • Servidor del Sheriff Si presentó una IFP y se la concedieron, puede llevar los documentos judiciales sellados al Sheriff en 100 S Broad St, 5th Fl para su notificación.
      • También puede notificar al propietario por correo certificado.
        • Envíe los documentos judiciales sellados y el IFP al propietario por correo certificado con acuse de recibo (aproximadamente $8 dólares).

    ¿Qué debo esperar después de presentar una apelación?

    1. Revisar la Orden de Gestión del Caso
      • Cuando presente su apelación, la corte le dará una orden de gestión del caso.
      • Anote en su calendario las fechas de la conferencia de conciliación y del juicio.
    2. Denuncia.
      • Después de recibir la notificación, el propietario tiene 20 días naturales para presentar una demanda.
    3. Respuesta a la demanda.
      • Después de que el propietario le entregue la demanda, tiene 20 días naturales para presentar una respuesta en la sala 296 del ayuntamiento. Su respuesta debe responder a cada una de las reclamaciones de propietario en contra usted. También debe enviar por correo la respuesta al propietario o al abogado del propietario.
    4. Conferencia de conciliación.
      • Tendrá la oportunidad de negociar un acuerdo de conciliación con el propietario.
      • Los acuerdos son definitivos y no pueden modificarse. Si no está de acuerdo con las condiciones del acuerdo, no firme nada.
    5. Juicio.
      • Si no llega a un acuerdo durante la conferencia de conciliación, tendrá un juicio ante un juez. Traiga todos sus documentos y testigos.
  9. ¿Cómo me devuelven el depósito de seguridad?

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    ¿Cómo me devuelven el depósito de seguridad?

    Sólo podrá solicitar la totalidad del depósito de seguridad después de mudarse.

    • Antes de mudarse
      • Envía al propietario una carta con la fecha de su mudanza. La mayoría de los contratos de arrendamiento exigen un preaviso de al menos 30 días antes de marcharse. Para más información sobre la mudanza, visite Me mudo. ¿Qué pasos debo seguir?
      • Deje la unidad lo más limpia posible.
      • Haga fotos de cada habitación.
      • Si es posible, revise la unidad con el propietario.
    • Después de mudarse
      • Devuelve las llaves al propietario en persona o por correo certificado.
      • Envíe al propietario una carta de solicitud del depósito de seguridad(descargar modelo). Guarde una copia.
      • El propietario tiene 30 días para responder a su solicitud por escrito.
        • Si no está de acuerdo con la respuesta del propietario, puedes demandarle por el importe del depósito de seguridad.
        • Si el propietario no responde en absoluto, puedes demandarle por el doble del importe del depósito de seguridad.

    ¿Cómo puedo reclamar mi depósito de seguridad?

    ¡Tenga cuidado! Antes de demandar al propietario, asegúrase de que no debe por renta o daños una cantidad superior al depósito de seguridad. Este es el proceso:

    • Vaya a la Corte Municipal en 1339 Chestnut Street, 10º piso.
    • Solicite presentar una demanda de menor cuantía. Indique cuánto dinero reclama. Incluya anexos como el contrato de arrendamiento y la carta de solicitud.
    • Solicite presentar una Petición para Proceder In Forma Pauperis (IFP). Si le conceden la IFP, no tendrá que pagar tasas de presentación. Descargar ejemplo.
  10. ¿Dónde puedo obtener ayuda para pagar el alquiler o el depósito de seguridad?

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    Para los hogares que se enfrentan a dificultades debido a la pandemia de COVID-19

    COVID-19 Programa de Ayuda de Emergencia al Alquiler (ERAP) también conocido como Fase 4

    NOTA: A partir del 7 de enero de 2022, la Fase 4 de Ayuda al Alquiler está cerrada para nuevas solicitudes.

    Para comprobar el estado de una solicitud existente, visite https://rent-assist.phila.gov/.

    COVID-19 Fondos para la prevención de la falta de vivienda

    Esperanza
    Correo electrónico: home@esperanza.us

    Para hogares con bajos ingresos:

    Para familias con hijos en las escuelas de Filadelfia

    Para supervivientes de la violencia doméstica

    Para veteranos

    Para los residentes del noroeste de Filadelfia

    19118, 19119, 19126, 19138, 19144 & 19150

    • Ministerio de Crisis de Germantown Avenue
      • Se aceptan solicitudes por teléfono. La tramitación puede retrasarse.
      • De lunes a miércoles, de 9.00 a 14.00 horas
      • 215-843-2340
      • 35 West Chelten Avenue
      • La ayuda suele oscilar entre 300 y 400 dólares

    Para familias con hijos en el DHS

    • Fondo de Ayuda a la Prevención del DHS
      • Póngase en contacto con su gestor de casos o trabajador social.

    Para hogares con una persona seropositiva

    • Subvención de Ayuda Financiera Directa de Emergencia (DEFA)
    • Fondo contra el SIDA: Subvención All Walks of Life

    Para ayuda a los servicios públicos

    ¿Qué necesito?

    • Documento de identidad con fotografía de todos los miembros del hogar mayores de 18 años.
    • Tarjetas de la Seguridad Social y certificados de nacimiento de todos los miembros de la unidad familiar.
    • Prueba de ingresos
      • Recibos de sueldo (de los últimos treinta días)
      • Carta de empleo (horas, fecha(s) de pago, salario/sueldo)
      • Carta de concesión de la Seguridad Social
      • Cualquier otra documentación de ingresos
    • Pruebas de bienes, como extractos bancarios o cartas de adjudicación de herencias
    • Contrato de arrendamiento
    • Notificación de desalojo y/o documentos legales de corte

    ¿Qué necesito del propietario?

    • Licencia de alquiler también llamada licencia de inspección de viviendas
    • Certificado de idoneidad para el alquiler (en inglés Certificate of Rental Suitability)
    • W-9  firmado por el propietario
    • Carta con el saldo actual del alquiler firmada y fechada por el propietario
Call Hotline
(267) 443-2500
Need Help?
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